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ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS : Un poco de Historia

La protección de los Espacios naturales habría que remontarla  a los primeros habitantes del planeta puesto que en ellos vivían y de ellos comían, erar pues su despensa y debía cuidarla.
Ya en épocas más próximas se empezaron  a desarrollar las figuras  de carácter proteccionista de los territorios Naturales que merecían su cuidado.
Este proceso comenzó a final del 1890 en EEUU cuando un expedición gubernamental que exploraba el estado de Wyoming se encontró con una inmensa extensión de gran belleza llamada Yellowstone. Al regreso de la expedición el avogado Cornelius Hedges propuso no colonizar aquellos parajes y declararlos como un “ Parque especial” para el servicio y disfrute de toda la Nación.
Posteriormente el Congreso  de EEUU el con la firma del General Grant el 1 de marzo de 1872 se firmó el documento del Senado que creó el primer Parque Nacional del mundo El Parque Nacional de Yellowstone.
Esta declaración instauró ya la prevalencia de los valores naturales y sus aspectos estéticos y ecológicos para su conocimiento y disfrute de las generaciones venideras sobre la simple explotación de sus recursos naturales.
Esta nueva filosofía impactó en todo el mundo y muchos países iniciaron procesos parecidos en sus territorios
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En España la legislación proteccionista se inició con la Ley de <Parques Nacionales de 1916 y los 2 primeros Parques Nacionales en ser declarados como tal fueron en el año 1918  El de la Montaña de Covadonga  hoy PN DE PICOS DE EUROPA  y el del Valle de Ordesa hoy PN DE ORDESA y MONTE PERDIDO ,
Habría que añadir que en nuestro País ya existían algunas figuras de protección  mucho antes desde cuando mediante Reales ordenanzas se protegían se protegían ciertos lugares para uso y aprovechamiento, maderero, cinegético etc.
Por ejemplo en el Bosque de Valsaín ( Segovia) el Rey Felipe II en 1579 puso en marca un Real Cédula mediante la cual se declara el citado Bosque vedado y acotado para la recreación y entretenimiento como la caza mamíferos y aves y la pesca.
Sus sucesores mejoraros esta Real Cédula  e incluso se dio origen a una nueva profesión la de Gabarrero que no era sino el permiso para que los habitantes de la zona limpiasen el Monte de ramas y madera caída que pasaba ser de su propiedad. Esta profesión o costumbre ha llegado hasta nuestros días.
En una época más reciente estamos obligados a no olvidar  al Senador Vitalicio y amigo personal de Alfonso XIII Pedro Pidal  ,Marqués de Villaviciosa( Asturias) quien presentó en el Senado Español en 1915 una proposición para lo que sería la primera Ley General de Parques Nacionales.
En su evolución esta Ley creó en 1989 La  figuras de Protección los Parques  Nacionales definiéndolos. como aquellos espacios que, siendo susceptibles de ser declarados Parques por Ley se declara su conservación de interés general para la Nación con la atribución al Estado de su gestión y recursos (En la actualidad y fruto de esa ley existe el Organismo Autónomo de Parques Nacionales  si bien la gestión de los mismos ha sido transferida a las Comunidades Autónomas)
-La declaración de interés Nacional se apreciará cuando el Espacio sea representativo de alguno de los principales sistemas naturales españoles..
PARQUES
-Son aquellas áreas naturales poco transformadas por la explotación y ocupación humana que, en razón a la belleza de sus paisajes, la representatividad de sus ecosistemas o la singularidad de su flora ,de su fauna o de sus formaciones geomorfológicas, poseen unos valores ecológicos, estéticos, educativos y científicos cuya conservación merece una atención preferente.
La definición de Parques Nacionales actual matiza un poco más la anterior:.
Los Parques Nacionales  son espacios naturales de alto valor ecológico y cultural ,poco transformados por la exploración y ocupación humana que en razón de la belleza de sus paisajes, la representatividad de sus ecosistemas o la singularidad de su flora , de su fauna o de sus formaciones geomorfológicas, poseen unos valores ecológicos, estéticos, educativos y científicos  cuya conservación merecen la a tención preferente de la Nación por se representativos del patrimonio natural e incluir alguno de los principales sistemas naturales españoles. En la actualidad son 14 Parques que ocupan una extensión de mas de 340.000 hectáreas… ver detalles
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Otras figuras  de protección Española y por Comunidades son los Parques Naturales, Parques rurales etc
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A nivel internacional las Figuras Ias de protección más importantes declaradas por la UICN Unión Internacional para la Conservación de la Naturalezas son:
 ZEPA
Zona de Especial Protección para las Aves, incluidas en la Red Natura 2000 (Red ecológica Europea) son espacios declarados para asegurar la supervivencia y la reproducción de las especies de aves (181 especies necesitadas de protección especial) y en general de las aves migratorias de llegada regular en cuyo caso abran de tenerse en cuenta las necesidad de protección de sus áreas de reproducción, de muda, de invernada y sus zonas de descanso para ello tiene una especial importancia las zonas húmedas
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R.B. RESERVA DE LA BIOESFERA
Territorios en los que se pone en práctica modelos de desarrollo sostenible. Su finalidad es hacer compatible la conservación de su biodiversidad con el desarrollo socioeconómico de sus poblaciones locales y el mantenimiento de los valores culturales asociados.
Funciones:
- Conservación: Conservación de la biodiversidad y los ecosistemas.
- Desarrollo: Asociación del medio ambiente y del desarrollo sostenible.
- Logística: Red internacional de observación e investigación.

Requisitos:
- Ser representativa de una región biogeografica.
- Contener paisajes, ecosistemas, especies o variedades de animales y plantas que requieran ser conservados.
- Brindar la oportunidad de estudiar y mostrar modelos de desarrollo sostenible.
- Tener un tamaño apropiado para garantizar las 3 funciones de las Reservas de la Biosfera.
-    Disponer de un sistema de zonificación apropiado con una o varias zonas núcleo          una o varias zonas de amortiguación y una zona de transición exterior.
-    Disponibilidad de colaboración con otras reservas de la Biosfera.
-    Disponer de mecanismos organizativos en la participación de Administraciones y    poblaciones locales.
-   Tener entidad propia para que se garantice la gestión del progama MaB (Man and   Biosphere) de la UNESCO que se basa en el estudio y conocimiento de las interacciones entre el hombre y el medio ambiente para conseguir un equilibrio entre la utilización y la conservación de los recursos naturales.


P.M. PATRIMONIO MUNDIAL
Espacios naturales incluidos en el convenio del patrimonio mundial de la UNESCO. Criterios de selección:
- Ser sobresalientes y representativos de los diferentes periodos de la historia de la tierra, procesos geológicos significativos desarrollo de formas terrestres elementos geomorfológicos, etc.
- Contener fenómenos naturales extraordinarios o áreas de una belleza natural y una importancia estéticas excepcional.
- Contener lo hábitos naturales mas importantes y mas representativos para la conservación in situ de la diversidad biológica, incluyendo aquellos que albergan especies amenazadas que posean un valor universal desde el punto de vista de la ciencia o la conservación.

D.E. DIPLOMA EUROPEO
Se concede a espacios naturales (Parques, etc.) que presentan un interés internacional respetando los criterios de conservación de su patrimonio natural y teniendo en cuenta aspectos científicos culturales y de recreo
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LIC. LUGARES DE IMPORTANCIA COMUNITARIA.
Deben de contar con una buena representación de los habitats naturales de las especies de fauna y flora protegidos y prioritarios cuya conservación supone una especial responsabilidad para la Unión Europea, debido al grado de amenaza de soportan y a la importancia de su extensión o distribución en el territorio europeo
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RAMSAR.  HUMEDALES DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL
Se consideran humedales las extensiones de marismas, pantanos y turberas o superficies cubiertas de agua  natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas  o corrientes, dulces, saladas o salobres incluyendo las extensiones de agua marina cuya profundidad no exceda de 6 metros. Podrán comprender sus zonas ribereñas o costeras, así como las islas.
 
M.N. MONUMENTO NATUR AL
Espacios de naturaleza constituidos básicamente por formaciones de notoria singularidad rareza o belleza que merecen ser objeto de una protección especial.

En definitiva todo un mundo natural próximo y a nuestro alcance para ver y disfrutar
Jesus Herrero